miércoles, noviembre 14, 2007

Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)

Como saben el 1ro de Noviembre de 2007se comenzó a pechar el Impuesto a las transacciones financieras (ITF) (1.5%).
Muchos de los que manejan el modulo de bancos del a2 administrativo, lo activaron como "Débito Bancario", ya que efectivamente, el banco emite la nota de crédito por cada cheque que emitimos. Desde el punto de vista administrativo funciona, pero hay que tener cuidado es desde el punto de vista contable.

Por otro lado, otros dicen que van a pagar mas en efectivo o recurrir a cuentas personales, para ahorrar este impuesto.
Este no es un débito bancario. El impuesto es a la transacción financiera, o sea el pago de una deuda. Que de lo común efectuamos con Cheque.

En la ley se explica, en el articulo 17, que el 1.5% de impuesto a las transacciones para cancelación de deudas, sea con cheque o en efectivo, las hay que enterar al SENIAT.
Si se paga con cheque, el Banco es quien enterara el impuesto. Aquí no hay problema.

Pero si paga en efectivo o cheque personal, y su empresa es Contribuyente Especial o tiene vinculación Jurídica con alguno, usted debe ir al SENIAT a pagar el 1.5% de la transacción.

Vinculación significa tener relación. Es decir si un socio de esta empresa es socio de algún contribuyente especial.
Cuando? Segun el calendario de contribuyentes especiales, es decir, las transacciones del 1 al 15 del mes las enteras del 16 al 18, y las del 16 al 31 del mes, del 1 al 3 del mes siguiente.
Como se pagara en el SENIAT?, que planilla se utiliza?
El primer pago hay que hacerlo del 16 al 18 de Noviembre, para las transacciones pagadas en efectivo del 1 al 15 de Noviembre.

Que comprobante me quedara entonces de que pague el ITF?
El comprobante de egreso del cheque, anexo con el documento a pagar. Y el estado de cuenta del Banco.
Recomiendo estar muy atento a la pagina del seniat www.seniat.gov.ve para verificar cual sera el mecanismo para las transacciones en efectivo.

sábado, octubre 20, 2007

Contribuyentes Especiales - Ventas

Si nuestro cliente tiene estatus de "Contribuyente Especial", aplicado por el SENIAT, se lo indicaremos al a2 en la plantilla de clientes. En la versión 2.97 de a2, se configura para que al momento del cliente pagar, introduzcamos la retención del 75% del IVA. Si es de otro período, se nos informará que irá como un ajuste al libro de ventas. Al momento de imprimir el libro, tenemos que seleccionar que se impriman dichos ajustes. Si somos "Contribuyentes Especiales", se lo asignamos al a2 en "Titulos y Correlativos", de esta manera, al registrar compras, podremos generar la retención del 75% del IVA. El sistema genera el comprobante de retención asi como el archivo que se pasara por el portal del SENIAT.

Rafael Rangel
DataLock Systems, C.A.

domingo, octubre 14, 2007

Centros de Costo

Un Centro de Costo, es un elemento de análisis dentro de un sistema de contabilidad (Incluido en a2 Contabilidad). Puede ser un Departamento de una empresa, un Vendedor, un Activo (Maquinaria, Equipo, Vehículos), un producto en proceso de fabricación, etc.. Cualquier elemento que necesite ser analizado, en cuanto a los costos que representa para la empresa. Esto se hace enlazando una cuenta o cuentas de costos o gastos, a los centros a analizar.

Por ejemplo:

Una empresa alquila maquinaria; posee 10 Tractores. Su contabilidad indica que recibe por alquiler 10 millones de Bs. y gasta en mantenimiento 5 millones. Aparentemente hay rentabilidad. Pero si cada Tractor se define como un Centro de Costo y se codifica, cada vez que se mueva la cuenta de ingreso por alquiler, se indicará cual Tractor se alquiló. de igual manera, cada vez que compremos repuestos indicaremos a cual Tractor se le colocó.

Al pedir el reporte de análisis de Centros de Costo podríamos observar que siempre se alquilan los mismos Tractores, o que de los 5 Millones de mantenimiento, 3 millones se los lleva el mismo Tractor todos los meses. Alli se pueden tomar decisiones.

Rafael Rangel

DataLock Systems, C.A.

miércoles, octubre 10, 2007

Devolución o Anulación. He alli el dilema....

Siempre me preguntan si deben anular facturas o efectuar devoluciones. Eso en realidad depende de las políticas de la empresa. Si tienen procesos estrictos casi ISO, de seguro seran siempre Devoluciones. Si son más flexibles, anulaciones, o ambas.

Desde el punto de vista de la Herramienta Administrativa.
¿Cuando hacer Devolución y cuando anulación?
La devolución se puede hacer en cualquier momento, sin importar si la factura es de Crédito o Contado, si es total o parcial (devolviendo solo parte de la mercancía), o si la factura es del mes en curso o de un período anterior.

Si la factura es de contado, Se carga la factura, y al totalizar, devuelve el inventario al depósito, hay que entrar en forma de pago e indicar que se pagó, de lo contrario generará una nota de credito en CxC, (lo cual hay que hacer si es de crédito la factura). Se genera una NC, a partir de la versión 2.97 que aparece en el libro de ventas (en las anteriores aparecia como DEV), en negativo para bajar el débito fiscal. Y se imprime un formato de NC que debe firmar el cliente para tener el soporte. En este caso, este documento es el válido, no es necesario tener el original de la factura.

La Anulación, devuelve el material al depósito, coloca en cero los montos de la factura, cambia el nombre del cliente a ***ANULADO***, si era de crédito, borra la cuenta por cobrar. En el libro de ventas aparece la factura con los montos en cero.

Aqui si se requiere el original de la factura, junto con la copia, colocando un sello húmedo de ANULADO y una leyenda explicando la razón de la anulación.

No se pueden anular facturas de períodos anteriores, así como facturas pagadas y que tengan recibo de caja, aquellas en las que el cliente tiene el tilde "Registra Operaciones de Contado", y las que provienen de cargar Notas de entrega.

Rafael Rangel
DataLock Systems, C.A.

martes, octubre 09, 2007

Tipos y Estatus de Facturas

En a2 Administrativo las Facturas pueden ser: Contado, Crédito.

Estas a su vez pueden estar: Pendientes, Procesadas o Anuladas.
Existe otro estatus que no es de factura: Tránsito. Pero aplica al resto de documentos.

Pendiente: Es cuando no hemos concluido el documento y pulsamos el botón de "Grabar" para continuarlo luego. Se continua llamándolo con el Botón "Cargar".
Transito:
(No aplica a Facturas). Es cuando el documento ya esta concluido y totalizado. En el caso de las Notas de Entrega, afectan el inventario.
Procesado:
En el caso de las facturas, es cuando se totaliza y concluye la factura. En el resto de los documentos, sucede cuando se ha convertido en factura, o en Nota de entrega.
Anulado:
Cuando se quiere desechar el documento. A partir de la versión 2.8 funciona con las facturas y devoluciones de compra y venta en versiones anteriores, solo las nota de entrega, en las cuales reversa la operación de inventario.

Hay que tener mucho cuidado al trabajar con estos documentos. Se puede emitir un presupuesto o un pedido, el cual queda en "Transito". Luego Cargarlo en una Nota de Entrega. Ya aquí el pedido o presupuesto quedan "Procesados", la nota de entrega descarga de inventario y queda en "Transito". Si luego se emite una factura a partir de esa Nota de entrega, NO se vuelve a descargar el inventario, La nota queda "Procesada" y la factura si se concluye también queda "Procesada". En el periodo de trabajo, las notas de entrega "Procesadas" aparecen y pueden ser cargadas en otra factura, y si se van a descargar nuevamente el inventario.



Rafael Rangel

DataLock Systems, C.A.

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